Definitivamente, el llamado “Caso Fernando Zuqui” terminará en los tribunales, porque ya comenzaron las cartas documentos cruzadas de un lado para el otro. En realidad, el que aparece “apurado” y necesitado es el club que preside la “Bruja” Juan Sebastián Verón: en la primera carta documento directamente le pide a Colón que le transfiera los dos millones de dólares “limpios” por la compra de la mitad del pase de Zuqui, jugador que tiene contrato con Colón hasta el 30 de junio y por el cual Colón le pagó un préstamo al “Pincharrata”.
Es decir, lo que hace Estudiantes es dar por activada una de las cláusulas del contrato que se firmó hace un año y medio en La Plata. Hay que recordar que la ficha de Zuqui es a medias entre el “Pincha” y Boca, pero los federativos los tenía Estudiantes al momento de cerderlo a Colón.
La famosa cláusula de la discusión marcaba que “si Fernando Zuqui jugaba el 70 por ciento de los partidos entre el 1/7/2019 y el 30/6/2020, Colón se obligaba automáticamente a comprar la mitad del pase en 2 millones de dólares libres de todo impuesto”.
A pesar que no se llega a esa fecha todavía, desde la ciudad de las diagonales lo intiman a Colón mediante carta-documento para que “deposite los dos millones de dólares por la compra de Zuqui”.
La respuesta de Colón, también por la vía legal de la carta-documento, no se hizo esperar: no sólo que le avisan a Estudiantes que no corresponde sino que, además, los sabaleros le piden a los “pincharratas” que le devuelvan la parte proporcional del préstamo por estos tres mese finales que el club no lo pudo utilizar.
En líneas generales, tal como lo anticipó ayer El Litoral, Colón argumenta que “esa mencionda cláusula no se puede hacer operativo porque la AFA terminó abruptamente la temporada 2019-2020”. Al toque, se agrega que “se frustró el contrato por un hecho extraordinario”; en este caso la pamdemia por el Coronavirus.
La jurisprudencia sabalera se hace fuerte con dos artículos del Código Civil y Comercial de la Argentina. El 1090 titula “Frustración de la finalidad”: la frustración definitiva de la finalidad del contrato autoriza a la parte perjudicada a declarar su resolución, si tiene su causa en una alteración de carácter extraordinario de las circunstancias existentes al tiempo de su celebración, ajena a las partes y que supera el riesgo asumido por la que es afectada. La resolución es operativa cuando esta parte comunica su declaración extintiva a la otra. Si la frustración de la finalidad es temporaria, hay derecho a resolución sólo si se impide el cumplimiento oportuno de una obligación cuyo tiempo de ejecución es esencial.
Y el 1091 habla de “Imprevisión”: si en un contrato conmutativo de ejecución diferida o permanente, la prestación a cargo de una de las partes se torna excesivamente onerosa, por una alteración extraordinaria de las circunstancias existentes al tiempo de su celebración, sobrevenida por causas ajenas a las partes y al riesgo asumido por la que es afectada, ésta tiene derecho a plantear extrajudicialmente, o pedir ante un juez, por acción o como excepción, la resolución total o parcial del contrato, o su adecuación. Igual regla se aplica al tercero a quien le han sido conferidos derechos, o asignadas obligaciones, resultantes del contrato; y al contrato aleatorio si la prestación se torna excesivamente onerosa por causas extrañas a su álea propia.
Así las cosas, todo conduce a un juicio por intereses cruzados. Estudiantes dice que Colón debe comprar a Zuqui y pagarle 2 millones de dólares. Colón dice que no corresponde y, además, le pide a Estudiantes que le devuelva la parte proporcional del préstamo.
El todocampista Fenando Zuqui jugó 44 partidos en Colón. Hay que recordar que llegó en enero de 2019. En el 2019 jugó 17 veces de esa temporada 18/19: 4 en Copa Sudamericana, 2 en Copa de la Superliga, 1 en Copa Argentina y 10 en Superliga. En la temporada 2019/2020 jugó 26: 5 en Copa Sudamericana, 2 en Copa Argentina y 19 en Superliga. Además jugó 1 en la Copa de la Superliga 2020. Estadística: “Tití” Fernández.