El Litoral | sucesos@ellitoral.com
Matías Exequiel Mariaux está acusado de matar de un tiro en la cabeza a Luis Fernando González, el 28 de mayo de 2014 al mediodía. El caso estuvo en la Corte provincial para definir la incorporación de una prueba.
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Al menos veinte testigos declararon durante la primera jornada del juicio oral y público por el homicidio de un joven de 18 años, ocurrido en la ciudad de San Javier, el 28 de mayo de 2014. Luis Fernando González recibió un disparo en la cabeza aquel mediodía, en la puerta de un kiosco donde al parecer, se habría producido una discusión entre clientes. Fue hospitalizado y finalmente falleció el 1° de junio en el hospital Cullen. POr el caso, se encuentra en el banquillo de los acusados Matías Exequiel Mariaux, quien cuatro años después podría se declarado culpable o inocente por el tribunal pluripersonal que integran los jueces Rosana Carrara -presidente-, Pablo Busaniche y Gustavo Urdiales.
Los fiscales del Ministerio Público de la Acusación, Rosana Marcolín y Andrés Marchi, adelantaron en su alegato de apertura, que pedirán 20 años de cárcel para Mariaux, como autor de los delitos de homicidio, calificado por empleo de arma de fuego, en concurso real con portación ilegítima de arma de fuego.
Fuentes tribunalicias señalaron este lunes que en la primera jornada declararon cuatro testigos presenciales del hecho, de los cuales dos eran amigos de la víctima y los dos restantes estaban casualmente en el lugar.
“Manos arriba”
Si bien los testimonios nunca son exactos, especialmente cuando se trata de un hecho lejano en el tiempo, los cuatro “fueron contundentes en que no hubo conflicto previo como para ir a ejecutarlo”. Es más, “todos coinciden en que González, que venía discutiendo con otra persona de apellido Puertos, empezó a retroceder con las manos hacia arriba mientras Mariaux avanzaba con su bicicleta y con la pistola apuntandolo a la cabeza”, señalaron.
Además, pasaron por la sala de audiencias los policías que intervinieron en el procedimiento, los médicos que revisaron a los involucrados tras las primeras detenciones y los forenses que realizaron la autopsia del cadáver de González, entre otros.
La jornada terminó con la proyección de la declaración de Mariaux, prestada en sede judicial durante la audiencia de prisión preventiva de 2014, prueba que fue oportunamente objetada por el Servicio Público de la Defensa y derivó en un recurso que terminó con un fallo en la Corte Suprema de la provincia, dándole la razón al Ministerio Público de la Acusación.
Viernes sentencia
Según expresó la fiscal Marcolín, en dicha declaración de 2014, Mariaux “de alguna manera aceptó que había estado en el lugar del hecho, aceptó que había disparado”, y “hay algunos hechos que él mismo contó, que son relevantes” para la Fiscalía, “así que me pareció que era importante continuar con este recurso, que termina con una sentencia de la Corte” que permite la incorporación de la prueba.
En tanto este martes se aguarda la presencia de otros cuatro testigos propuestos por la defensa de Mariaux, que está a cargo de las representantes del Servicio Público Provincial de la Defensa Penal (Sppdp), Virginia Segado y Andrea Alberto.
En cuanto a la agenda del juicio, la Oficina de Gestión Judicial programó para el miércoles 19, a partir de las 9 de la mañana la exposición de alegatos finales; en tanto que el tribunal dará a conocer el fallo el viernes 21 de septiembre a las 11.
Principio de imparcialidad
Si bien el 27 de octubre de 2014 se interpuso la acusación para llevar la causa a juicio, la demora -pasaron 4 años y 3 meses y medio del hecho- se debió a un recurso que finalmente decantó en una sentencia de la Corte provincial.
La fiscal había solicitado la incorporación de la declaración -autoincriminatoria- del imputado en la audiencia de prisión preventiva, por lo que la defensa de Mariaux argumentó que la admisión de los registros como prueba documental afectaría la imparcialidad de los integrantes del tribunal de juicio y contraría los principios estructurales del sistema acusatorio adversarial, específicamente los de oralidad, inmediación, contradicción, publicidad y acusatorio.
Por su parte, la Fiscalía argumentó que “no podía desconocerse la existencia de la declaración y debía ser tenida en cuenta por los jueces de juicio en caso de que quisiera utilizarla”.
En primera y en segunda instancias, los magistrados fallaron a favor de la Fiscalía. La Defensa fue en queja ante la Corte Suprema de Justicia, pero el máximo tribunal también rechazó el pedido.